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COFECE detiene plazos y adopta medidas por COVID-19

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La Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE o Comisión) determinó varias medidas para enfrentar la emergencia sanitaria derivada de la epidemia de COVID-19 causada por el virus SARS-CoV2, así como para proteger la salud de los agentes económicos que tramitan procedimientos ante esta, y de los servidores públicos que laboran en la misma. Mismas que se describen a continuación:

  1. I) Se detienen los plazos legales de algunos procedimientos. -El Pleno determinó que del 23 de marzo y hasta el 17 de abril no correrán los plazos ni términos de diversos procedimientos tramitados ante esta Comisión. Sin embargo, durante esas fechas los días son laborables y las instalaciones permanecen abiertas de lunes a viernes en sus horarios habituales.

Quedan exentos de esta medida los procedimientos relacionados con análisis de concentraciones y opiniones a procesos de licitación, concesiones, permisos y otros procedimientos análogos. Para estos procesos los días serán laborables y correrán los plazos y términos correspondientes, además se realizarán todas las diligencias necesarias para su desahogo. Estos procesos se realizan, en su mayoría, de manera electrónica, ya que son importantes para que fluya la inversión.

2) Aprueba que sus sesiones se realicen de manera remota. – El Pleno acordó la realización de sesiones remotas por medios electrónicos, que podrán celebrarse a partir de dicha aprobación –el 26 de marzo pasado– y durante el periodo que dure la contingencia.

Al respecto se informa que la infraestructura tecnológica de la Comisión cuenta con diversas medidas de seguridad informática, para que la información que se analiza en las sesiones plenarias celebradas a distancia se mantenga en confidencialidad.

3) Hace públicas algunas manifestaciones sobre la aplicación de la LFCE ante esta emergencia sanitaria. – Consciente de los inconvenientes que la contingencia puede generar a las empresas, a los consumidores y al funcionamiento de los mercados, y para coadyuvar a que no se interrumpan las cadenas de suministro o que de forma artificial se restringa la oferta y encarezcan los bienes o servicios, la Comisión manifestó que:

  • No se perseguirán los acuerdos de colaboración entre agentes económicos que, en el contexto actual, sean necesarios para mantener o incrementar la oferta, satisfacer la demanda, proteger cadenas de suministro, evitar escasez o acaparamiento de mercancías, y que no tengan como único objeto o efecto fijar precios o segmentar mercados.
  • Los aumentos o determinaciones de precios deben ser una decisión individual e independiente de cada empresa; no pueden ser inducidos, propiciados o recomendados por Asociaciones, Confederaciones o Cámaras.
  • Se revisarán los mercados en donde se observen incrementos indiscriminados de precios para evaluar y, en su caso, descartar posibles arreglos entre competidores como la causa de estos, en cuyo caso tendría que iniciarse un procedimiento de investigación por colusión.
  • La Comisión será expedita en los análisis de concentraciones que se presenten, cuyo objeto sea hacer sinergias y agregar capacidades de producción para satisfacer de manera oportuna y suficiente las necesidades derivadas de esta crisis.

La COFECE puso a disposición de los sectores público y privado el correo consultacofece@cofece.mx y el teléfono 55.27.89.66.69 para solventar de inmediato cualquier duda o inquietud que pudiera surgir con motivo de actividades, programas, políticas, colaboraciones entre competidores y su compatibilidad con la legislación en materia de competencia.

4) Remite advertencias a diversas cámaras empresariales para evitar posibles acuerdos contrarios a la competencia. – La Autoridad Investigadora de la COFECE envió cartas de advertencia a la Cámara Nacional de la Industria Azucarera y Alcoholera (CNIAA) y a diversos miembros de esta, así como a la Asociación Nacional de Desarrolladores Inmobiliarios (ADI México) para que eviten posibles acuerdos entre competidores para fijar precios en los mercados donde participan. Lo anterior debido a que tuvo información de:

  • Una posible alza de precio del alcohol y los insumos que se utilizan para producirlo, como la melaza, que podría deberse a un acuerdo entre competidores, y
  • Que la ADI México ha promovido entre sus afiliados el otorgamiento de descuentos a los arrendatarios, lo que no es contrario a la LFCE, salvo en el caso de que estos se fijen mediante un acuerdo entre los desarrolladores con el objeto o efecto de establecer una cuota o un tope máximo al descuento a otorgarse.

En caso de que la Autoridad Investigadora encuentre en estas situaciones causa objetiva para el inicio de una investigación, al reanudarse los plazos hará lo que corresponda. Por ley, quienes cometen conductas monopólicas hoy, pueden ser investigados por la COFECE desde este momento y por un periodo de hasta 10 años.

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